¿Cómo transportar los líquidos y semisólidos? – Recipientes Isotérmicos Cilíndricos
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junio 17, 2016Contenedores homologados con la certificación ATP
Los contenedor isotérmico ATP homologado, es la mejor alternativa para aquellas empresas o particulares que necesitan transportar productos perecederos en vehículos convencionales o vehículos industriales sin isotermo. Con total seguridad térmica e higiénica.
- Mantiene la temperatura entre + 2 y +8 ºC.
- Permite incrementar su distribución de mercancías de manera rápida y económica.
- Higiénico realizado con materiales aprobados por la UE.
- Fabricación Robusta con larga vida útil garantizada.
- Utilizando placas eutécticas de frio se consigue más de 8 horas de autonomía con cinco aperturas puntuales.
¿Qué es el ATP?
“ATP Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en este transporte” se firmó en Ginebra el 1970 con el fin de garantizar al consumidor final que los alimentos lleguen en condiciones higiénicas y térmicas adecuadas. Este acuerdo especifica los requisitos y condiciones que deben cumplir los vehículos. Se concreta en una medida llamada coeficiente k “coeficiente de transmisión de temperatura”. Un vehículo es isotermo cuando el coeficiente k es menor de 0,7
Dependiendo de sus características los ATP se clasifican en:
- Vehículo Isotermo: Con caja cerrada mediante paneles, puertas, piso y techo aislante del exterior.
- Vehículo Refrigerante o Refrigerado: Isotermo con una fuente de frío no mecánica (depósitos de hielo seco o húmedo, gases licuados de refrigeración, …)
• Vehículo Frigorífico: Isotermo con una fuente de frío mecánica (compresor, máquina de absorción, …) - Vehículo Calorífico o Calorifugado: Isotermo con un dispositivo de producción de calor
Duración de la certificación y revisiones
Inspeccióninicial
Se realiza en las instalaciones del fabricante, a los vehículos de nueva construcción para proceder a la comprobación de que su fabricación se corresponde a un tipo aprobado perteneciente al fabricante. La validez del primer certificado será de 6 años, una vez transcurridos estos años se deberá realizar unas inspección periódica.
Inspección Periódica:
Se realiza en las instalaciones del titular a los vehículos que ya les ha caducado el certificado. La validez del nuevo certificado será de 3 años.
El Real Decreto 237/2000 establece la reglamentación básica para la construcción, control y ensayo de vehículos para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada. Es obligación del fabricante y del propietario o titular de este tipo de vehículos someter a los mismos a los controles e inspecciones reglamentarias que se derivan de la normativa que les aplica.
¿Qué beneficios aporta realizar las inspecciones en plazo?
- Cumplimiento de la legislación.
- La no exposición a multas y requerimientos por parte de la Administración Pública.
- Detección de posibles daños de las cisternas o contenedores, con el consiguiente ahorro económico.
- Prevención de potenciales daños a instalaciones y personas.
- En caso de avería o siniestro de la instalación, el no tener pasada la inspección puede ser causa para que el seguro de la compañía no se haga cargo del siniestro.
- Cumplimiento de las exigencias sobre los requisitos exigidos en la certificación de sus sistemas de calidad, ISO 9001:2008, ISO 14001:2004…
Mercancías perecederas y sus temperaturas de transporte
- Productos ultra congelados y congelados (crema congelada, -20 ºC; pescados, productos preparados a base de pescado, moluscos y crustáceos congelados o ultra congelados y cualquier otro producto ultra congelado, -18 ºC; cualquier producto congelado, excepto mantequilla, -12 ºC; mantequilla congelada, -10 ºC).
- Mantequilla: + 6 ºC.
- Productos de caza: + 4 ºC.
- Leche en cisterna (cruda o pasteurizada) destinada al consumo inmediato: +4 ºC.
- Leche industrial: +6 ºC.
• Productos lácteos (yogur, kéfir, crema, nata y queso fresco): +4 ºC. - Pescado, moluscos y crustáceos (con exclusión del pesado ahumado, salado seco o vivo, los moluscos vivos y crustáceos vivos): deberán envasarse siempre en hielo fundante.
- Productos preparados a base de carne (de los que se excluyen los que se han estabilizado por salazón, ahumado, secado o esterilización): +6 ºC.
- Carne (exceptuados los despojos rojos): +7 ºC.
- Ave de corral y conejos: 4 ºC.
CONTENEDOR ISOTÉRMICO ATP C 70
Contenedor Isotérmico ATP. Homologado para el transporte de mercancías perecederas en vehículos convencionales. Con certificado de (ATP).